El valor legal de los “emails”

 En Revolución Tecnológica

El valor legal de los correos electrónicos es un asunto que preocupa últimamente a los internautas. Y es que el uso de internet en todos los ámbitos ha llevado a cuestionar hasta dónde llega puede llegar la justicia. En principio, la normativa no establece qué requisitos debe cumplir un correo electrónico para que sea admisible en un juicio. En la práctica pueden darse varios supuestos sobre el grado de “eficacia probatoria” de lo que se aporte en el juicio. Un ejemplo sería la presentación de un papel impreso en el que no aparezca el remitente, la fecha o el asunto, y sin ninguna otra actividad probatoria como testigos. Este sería un caso de eficacia reducida, aunque también hay que tener en cuenta que los jueces son libres de apreciar conforme a su criterio los elementos que se presentan.
En el otro extremo, tendríamos un correo remitido usando sistema de firma digital, donde un tercero imparcial al conflicto (la entidad de certificación electrónica) puede dar fe de los diferentes extremos de la comunicación llevada a cabo. Pero los sistemas de firma digital no son demasiado comunes entre los usuarios habituales, por lo que en la mayoría de las ocasiones, no se puede acudir a este sistema. Con respecto al correo electrónico, habría que probar, en primer lugar la efectividad del envío; y en segundo lugar, el contenido del mensaje.
En el primero de estos dos casos, supondría comprobar que desde un determinado ordenador se ha enviado un correo con destino a otro ordenador. Esto puede averiguarse de varias formas, ya que el correo atraviesa las máquinas de diferentes proveedores. De esta forma, si se utiliza un sistema de corre electrónico de una tercera persona, como Gmail o Hotmail, o un servidor de correo independiente del emisor, las empresas responsables del servicio pueden acreditar diferentes datos que podrían considerarse información probatoria.
Sin embargo, acreditar el contenido es bastante más complicado. Cuando no exista un tercero de confianza, lo que se conseguirá será un resultado parecido al envío de una carta certificada. Se puede comprobar y verificar el emisor y el destinatario, así como la fecha, pero no el contenido de la misma.

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